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Novedades en las deducciones por donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002


La Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, ha sufrido recientemente modificaciones, a raíz de la aprobación por parte del Gobierno español de la nueva reforma fiscal.

Las principales novedades son:

  • Se introduce una deducción del 75% para los primeros 150 euros donados por personas físicas.
  • A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 30%, frente al 25% actual, o al 35% si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior.
  • Transitoriamente para 2015, estas deducciones serán del 50%, 27,5% y 32,5%, respectivamente.
  • Para las sociedades, la deducción actual del 35% se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años. Para el 2015 este porcentaje será del 37,5%.

La reforma fiscal incentiva pretende incentivar de este modo el mecenazgo y las donaciones a organizaciones sin ánimo de lucro.

Si quieres pedir la colaboración económica con tu entidad, ¡ahora es el momento!

Más información

             

Mas sobre el tema: fiscalidad , mecenazgo , donaciones , fundraising
28/01/2015
Rebeca Febrer
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